Qué hacer si tenemos un accidente con un patinete eléctrico sin seguro: estas puede ser las consecuencias

Qué hacer si tenemos un accidente con un patinete eléctrico sin seguro: estas puede ser las consecuencias
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La movilidad dentro de las grandes ciudades ha cambiado para siempre. Ya no nos extraña que cualquier persona se dirija a su trabajo o realice un desplazamiento a través de una bicicleta eléctrica, un patinete o un segway. Sin embargo, lo que no ha cambiado respecto a estos vehículos es la no obligatoriedad de tener un seguro al carecer para su uso de matricula o de carnet.

No obstante, los accidentes con este tipo de vehículos se siguen produciendo. Para tratar de evitarlo la DGT ha regularizado su situación obligando a los usuarios a discurrir por la calzada con una serie de nuevas normativas que ya os hemos explicado pero. ¿Qué pasa si tengo un accidente y no tengo contratado un seguro?

No es obligatorio pero si recomendable si es tu medio de transporte

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La legislación recientemente estrenada no contempla a los VMP como vehículos a motor, por lo tanto no tienen la obligación de tener un seguro correspondiente como si la tiene cualquier otro vehículo que circula en la vía pública. Este hecho deja a los usuarios de este tipo de vehículos muy expuestos en caso de accidente.

Tanto es así que a medida que crece su uso, la accidentalidad se está convirtiendo en un grave problema para las Administraciones Públicas y para la seguridad vial. En los últimos tres años por ejemplo, se registraron unos 1.300 accidentes con VMP y al menos 16 personas fallecieron según los últimos datos de la fundación Línea Directa.

Un problema que no parece que se vaya a solucionar a corto plazo debido al incremento del tráfico, al carácter vulnerable de este tipo de medio de transporte o, mismamente, a la inexperiencia general de muchos usuarios que circulan con ellos sin tener un carnet de conducir al poder utilizarse desde los 16 años.

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Sin embargo, ni la edad ni la falta de experiencia exime a los conductores de estos vehículos de hacerse cargo de las consecuencias de un accidente. A día de hoy existen algunos seguros específicos para estos vehículos como el de Vivaz Safe&Go, lanzado por Línea Directa, o el de AXA que te contamos en este artículo, pero si eres usuario frecuente de VMP y sufres uno sin tener seguro de patinete contratado debes saber que el Colegio General de Mediadores considera que, aunque no sea obligatorio, gran parte de los daños quedarían cubiertos gracias al seguro del hogar. Éste ofrece una cobertura de responsabilidad civil aplicables a los accidentes de patinete y bicicleta.

En caso de sufrir uno de estos accidentes lo más importante de todo es avisar a la autoridad competente para hacer un atestado. Una vez apuntado todo lo sucedido en ese atestado y habiendo guardado los datos del contrario, nos pondremos en contacto con nuestra aseguradora del hogar para pasar el parte y que ellos se pongan en contacto con el seguro del contrario. En cambio, si el responsable de los daños carece de este tipo de seguro, la ley dice que deberá responder con su propio patrimonio. Esto quiere decir que en caso de atropello a una persona las facturas y gastos hospitalarios de una victima o los gastos de reparación en caso de colisión con un vehículo, correrán a cargo del conductor del patinete si resulta ser el responsable.

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Dentro de Europa, en Francia y Alemania este tipo de seguro es obligatorio desde el año 2019, mientras que en Italia se está tramitando. En el caso de Francia, el Código de Seguros define a un VMP como un "vehículo de motor terrestre", por lo que tiene la misma obligación que el propietario de un turismo. En Alemania, por su parte, han ido un paso mas allá estableciendo una regulación específica para los "vehículos eléctricos pequeños", a los cuales se les exige una placa de matrícula y una pegatina que certifique que están asegurados para poder circular.

Por el momento, España solo ha contemplado la obligatoriedad de circular por la calzada y el uso del casco en la nueva Ley de Seguridad Vial con sanciones de hasta 200 euros por no cumplirla (artículo 118.1 del RGC) y la inmovilización del vehículo de acuerdo al artículo 104.1.c). No obstante, a partir del 22 de enero de 2024 todos los VMP que se comercialicen deberán contar con un certificado de circulación. Este documento, junto a una placa identificativa con una serie de datos, permitirá que cualquier agente de la autoridad identifique de forma rápida un VMP pudiendo saber si cuenta o no con seguro específico.

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