Juan Carlos Toribio, ex guardia civil carga contra la DGT por permitir las sandalias en moto: "Según la DGT, sí. Según la ley, no"

Toribio denuncia la contradicción entre el texto del reglamento y las instrucciones que guían las sanciones

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John Fernández

El nuevo Reglamento General de Circulación ha abierto un nuevo debate sobre una de las dudas más recurrentes de los motoristas: qué calzado se puede llevar y qué calzado no.

Pero, más allá de las chanclas, lo que ha provocado las críticas de Juan Carlos Toribio, exagente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y responsable de la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, es la diferencia entre lo que dice el reglamento y cómo interpreta la DGT que debe aplicarse.

La crítica también alcanza a los guantes

El nuevo RGC dice, literalmente, que los motoristas han de emplear "calzado cerrado, que cubra todo el pie, cuando circulen en todo tipo de vías".

Pero la instrucción SANC 2026/25 dice otra cosa; un criterio mucho más flexible a efectos sancionadores, que determinadas sandalias con sujeción en los dedos y el talón podrían no motivar una denuncia.

Y ahí viene la crítica de Toribio: "¿Puedes conducir con una sandalia que coja así un poquito el talón? Según la DGT, sí. Según la ley, no, porque tiene que ser cerrado y que cubra todo el pie".

Critica que llevar el pie sujeto no equivale necesariamente a llevarlo cubierto, que es lo que exige literalmente el reglamento, y claro, considera que llevar el pie sujeto no equivale necesariamente a llevarlo cubierto, que es lo que exige literalmente el reglamento, por lo que dice, es "incongruente".

Gc1

El especialista también resume el criterio atribuido a Tráfico con otra afirmación contundente: "La DGT no te va a denunciar ni a sancionar" si se cumplen esas condiciones de sujeción.

Toribio extiende sus objeciones al equipamiento de protección. El artículo 118.1.b del mismo reglamento exige utilizar "guantes de protección" al circular en moto por vías interurbanas, pero el experto cuestiona que el criterio administrativo no establezca, en los términos que él reclama, una exigencia clara de certificación técnica.

Así, las críticas no se limitan a si unas sandalias pueden acabar en multa. Toribio pone en cuestión cómo se concretan las exigencias de protección para los motoristas y la distancia que, a su juicio, existe entre la norma escrita y su aplicación administrativa.

Imágenes | Juan Carlos Toribio, Motorpasión Moto

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