La trampa de llevar tapones para los oídos en moto. Técnicamente es legal, pero la Guardia Civil te puede multar si quiere

¿Quedarse sordo o afrontar una multa? El dilema de ponerse tapones yendo en moto

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John Fernández

Cualquiera que haga muchos kilómetros en moto sabe que el mayor enemigo de los oídos no suele ser el escape... a velocidades de autopista, el ruido constante del viento dentro del casco puede superar con facilidad niveles que numerosos especialistas consideran perjudiciales tras una exposición prolongada, como ya hablamos de ello.

Por eso cada vez es más habitual ver a motoristas utilizando tapones específicos para reducir ese ruido durante los viajes largos. Pero: ¿es legal?

El Reglamento habla de auriculares, no de tapones

El problema aparece cuando esa medida de protección se cruza con la normativa de tráfico. Porque, aunque mucha gente da por hecho que están prohibidos, la realidad es bastante más compleja: el Reglamento General de Circulación (recientemente modificado) no menciona en ningún momento los tapones para los oídos, pero eso tampoco significa que utilizarlos esté completamente libre de consecuencias.

La duda nace en el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación. Ese precepto prohíbe conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores o receptores de sonido, una restricción que hoy afecta, por ejemplo, a unos auriculares inalámbricos convencionales.

Un tapón para los oídos juega en otra liga; no reproduce música, no recibe llamadas y tampoco incorpora ningún sistema electrónico. Su única función consiste en atenuar el ruido que llega al oído, igual que ocurre con los protectores auditivos utilizados en la industria o en algunos deportes de motor.

Tapon

Precisamente por eso la norma nunca los cita expresamente, lo que ha generado durante años un debate entre motoristas sobre si realmente pueden utilizarse en carretera abierta.

La sanción puede llegar por otra vía

Según explica El País, fuentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil señalan que, aunque los tapones no aparezcan expresamente prohibidos, la denuncia puede apoyarse igualmente en el propio artículo 18.2 si el agente considera que ese accesorio reduce la atención necesaria para conducir con seguridad.

Gcmulta

La interpretación se basa en que un aislamiento excesivo podría impedir al conductor percibir señales acústicas relevantes, como la sirena de un vehículo de emergencias, el claxon de otro usuario o las indicaciones de un agente de tráfico. En esos casos, la infracción no se fundamentaría en llevar un tapón, sino en entender que el conductor no mantiene las condiciones necesarias para una conducción segura.

Esa interpretación puede traducirse en una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos del permiso de conducir.

Un vacío legal que sigue sin resolverse

La situación recuerda, en parte, a la que vivieron durante años los intercomunicadores para casco. Antes de que la normativa los regulase de forma expresa, su utilización también generaba interpretaciones muy diferentes dependiendo del control o del agente.

Con los protectores auditivos ocurre algo parecido. Mientras cada vez son más los especialistas que recomiendan reducir la exposición al ruido del viento para proteger la audición en viajes largos, la legislación española sigue sin aclarar expresamente si esos dispositivos pueden utilizarse durante la conducción.

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