Permisos de conducir A1, A2 y A, ¿cómo sacarse estos carnets de moto?

Permisos de conducir A1, A2 y A, ¿cómo sacarse estos carnets de moto?
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En la pasada entrega de este Especial sobre el permiso A que estamos llevando a cabo en Moto22 vimos cuáles eran los diferentes permisos de tipo A y qué tipos de moto se podían conducir con cada uno de ellos, pero una de las gracias de esta estratificación del carnet de moto consiste en que se regula el acceso a cada categoría mediante una serie de pruebas, así que vamos hoy a determinar qué hay que hacer para obtener cada uno de estos permisos.

Carnet de moto. Parte del examen en circuito cerrado de los permisos A1 y A2

Cómo sacarse los carnets de motos A1 y A2

Como la mayoría de vosotros sabéis, para obtener un permiso A1 o un permiso A2 se nos pide de forma genérica que superemos las siguientes pruebas:

  • Examen teórico de conocimientos comunes a todos los permisos
  • Examen teórico de conocimientos específicos de permisos de moto
  • Examen práctico en pistas o circuito cerrado
  • Examen práctico de circulación en vías abiertas al tráfico

El examen teórico común es uno que combina cuestiones variadas sobre normas, señales, seguridad vial, siniestralidad, primeros auxilios y mecánica simple, mientras que el teórico específico habla de cuestiones relativas al mundo de la moto. Los dos son de tipo test.

El examen práctico de moto en circuito cerrado consiste en realizar las siguientes maniobras, tal y como aparecen descritas en el Reglamento:

  • Zigzag entre jalones a velocidad reducida
  • Circular sobre una franja de anchura limitada
  • Zigzag entre conos
  • Sortear un obstáculo
  • Aceleración y frenado controlado
  • Frenado de emergencia controlado

Y una vez superado este examen, se supone que ya hemos demostrado nuestro dominio del vehículo de forma suficiente como para emprender la circulación en vías abiertas al tráfico, de la que también nos examinaremos. Sobre todos estos asuntos nos recrearemos en próximas entregas viendo casos prácticos, pero de momento vale la pena destacar algunos aspectos relacionados con la forma de obtener estos permisos si ya tenemos otro permiso de conducir.

Examen de moto convalidado

En concreto, el permiso A2 se puede obtener también si somos titulares del A1 con una experiencia mínima de dos años en la conducción de motos, siempre y cuando se supere el examen de circulación en vía abierta con una moto de las del permiso A2.

Además, queda convalidado el examen teórico común (tanto del A1 como del A2) cuando se da alguna de estas dos situaciones:

  1. Ya tenemos un permiso de conducir en vigor y en su día superamos ese examen teórico.
  2. Estamos sacándonos otro permiso y ya tenemos la teórica común, que nos sirve durante dos años.

Cómo sacarse el carnet de moto A

Y llegamos a la pregunta del millón: ¿Qué hay que hacer para sacarse el carnet de moto A?

Respuesta rápida: sentarse y esperar. En idiomas, wait and see.

Vale, voy con una respuesta un poco más elaborada, y empiezo con lo que en principio nos dice el Reglamento General de Conductores:

El permiso de la clase A sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad.

Para obtener el permiso de la clase A, el aspirante, además de ser titular de un permiso de conducción de la clase A2 con una experiencia mínima de dos años en la conducción de las motocicletas que autoriza a conducir dicho permiso, deberá superar una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.

Antes de ir a por la traducción de estos interesantes pasajes de nuestro texto legal, y como ya avancé en el primer post de este Especial de Moto22 sobre el carnet de moto, hago mención a una disparidad que existe entre lo que dicta Bruselas y lo que hacemos en España. La directiva 2006/126/CE admite que para obtener el permiso A se puede no pedir experiencia previa en el manejo de motos si el futuro conductor ha cumplido los 24 años. En España se exige experiencia previa con motos del A2 con independencia de la edad del conductor, que por ley de vida habrá cumplido por lo menos 20 años al llegar al A, ya que normalmente 18+2=20.

Y lo cierto es que en este aspecto no me parece mal el cambio español respecto de la ley comunitaria, qué queréis que os diga. Cada día a mi alrededor veo pruebas vivientes de que cumplir años no necesariamente es sinónimo de madurar de forma suficiente para una conducción segura.

Bien, independientemente de esta curiosidad, interesante pero anecdótica para el caso que nos ocupa, de estos dos fragmentos del Reglamento extraemos dos ideas básicas:

  1. Para sacarse el A, antes hay que pasar por dos años de A2 independientemente de que tengamos el A1, el B, el C o el D.
  2. Además, tendremos que superar una formación en los términos que se establezcan por Orden Ministerial.

Y ahora, la guinda para el pastel: hasta la fecha, no me consta que exista orden ministerial alguna que trate sobre la formación que se le puede exigir a alguien que quiera obtener el permiso A de moto. Dicho de otra manera: al parecer no están de momento establecidas las pruebas necesarias para sacarse el A, pero también es cierto que hasta dentro de casi dos años no habrá conductores con una experiencia de al menos dos años en el manejo de motos del permiso A2, porque el A2 comenzó a funcionar, recordémoslo, el mes de diciembre de 2009.

Y para que la guinda no se quede sola, la complementamos con un poco de nata alrededor: dice la rumorología del sector que finalmente la “formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior” podría quedarse en un mero repaso teórico a las cuestiones relativas al manejo de la moto… o incluso ni eso, que con una experiencia de dos años en conducción de motos con el permiso A2 ya habría suficiente como para obtener el permiso A de forma directa. Pero, lo dicho, de momento todo eso son rumores sin confirmar, de ahí que algunas autoescuelas no sepan qué decir cuando se les pregunta, porque de momento no se sabe con claridad lo que pasará.

Conclusión: hasta diciembre de 2011 hay tiempo de sobra para que desde el Ministerio del Interior del Gobierno de España den una respuesta, de ahí que yo diga que lo suyo es sentarse y esperar… o estar bien informados de lo que sucederá durante estos dos años. De hecho, la reglamentación del tráfico es una materia tan viva que nunca podemos dar por hecho que lo sabemos todo porque todo está en permanente cambio, así que lo mejor es no apalancarse y seguir atentamente las notas que vayamos publicando tan pronto se vayan conociendo.

Y mientras os esperáis, en la próxima entrega de este Especial sobre el permiso A hablaremos de cuánto tiempo y dinero nos puede costar hacernos con un carnet de moto dentro de este enjambre de permisos de conducir que tenemos.

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