Sí, se puede adelantar por la derecha con la moto, pero solo en contadas excepciones

Sí, se puede adelantar por la derecha con la moto, pero solo en contadas excepciones
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Día tras día vemos en la carretera cómo conductores de toda índole sufren el repetido síndrome del carril izquierdo en el que circulan por el carril central o izquierdo en una autovía.

Es una falta muy común que conlleva no solo una sanción económica de 200 euros sino un comportamiento que puede provocar que otros conductores se lleven también una multa si no se ven con otra opción de adelantar por la derecha que, por norma general, está prohibido en España, aunque existen algunas excepciones.

Un gesto que se podría solucionar con más educación

Radares Dgt 1

Siempre que hablemos de normas en la carretera debemos ir directamente al Reglamento General de Circulación (RGC), el lugar donde nos explica cómo debemos conducir de forma legal y según las normas preestablecidas.

Es en el artículo 31 del RGC donde podemos leer que normalmente debemos circular por la derecha, siempre y cuando las circunstancias del tráfico lo permitan. A pesar de esto, lamentablemente cada día nos encontramos con conductores que nada más entrar en la autopista tienen la mala costumbre de pasar al carril central (en muchos casos sin señalizar con el intermitente) aunque no tengan a nadie delante y ahí continúan su marcha hasta que llegue su salida.

Ya lo hemos leído, por norma general no es legal adelantar por la derecha aunque sí que existen una serie de excepciones de las que se habla en el artículo 82 del RGC:

  • Si existe espacio suficiente, se puede adelantar por la derecha siempre y cuando el vehículo al que vamos a adelantar indique que va a cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado.

  • En vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que vayan por el centro.

  • Dentro de poblado, en calzadas con dos o más carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de la marcha se puede adelantar por la derecha, siempre que sea con seguridad.

Otra cuestión es el rebasamiento, situación que sucede sobre todo en las retenciones cuando avanzamos más rápido que los vehículos de la izquierda. En tal caso no se considera adelantamiento ya que nos mantenemos en nuestro carril y por las circunstancias del tráfico somos más veloces.

Al igual que el síndrome del carril izquierdo, adelantar por la derecha, salvo en las excepciones anteriores, conlleva una multa de 200 euros. Y si además puede suponer una maniobra peligrosa nos podrían restar cuatro puntos del carnet de conducir.

Como la mayoría de las situaciones que se producen en la carretera, es una cuestión de educación y respeto. Si muchos de los conductores fuesen siempre por el lado derecho se verían muchos menos adelantamientos indebidos.

La Dirección General de Tráfico lleva años intentando cambiar esos hábitos pero hasta ahora, y a pesar de la cuantiosa sanción seguimos viendo conductores maleducados o que se les ha olvidado que lo suyo es circular por la derecha. De hecho han llegado a llamar al carril de la derecha como 'el carril del calambre' porque nadie va por él. ¿Cuál es la solución?: ¿multas más exigentes?, ¿exámenes teóricos cada cierto tiempo?... Si tienes una idea, déjala en los comentarios, será bienvenida.

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