A nadie le gusta recibir una de ellas, pero cuando llega una multa por radar, siempre hay una cuestión que se discute: ¿hacen falta una o dos fotografías para que la multa sea válida?
Un experto en educación vial, Rafael F. Villalba asegura que la gran mayoría de información que circula es incorrecta, y que la normativa no obliga a que los conductores reciban dos fotografías en la notificación y, en determinados casos, una única imagen es suficiente para acreditar la infracción. Veamos la letra pequeña.
"Se confunde expediente con notificación", dice el experto
El debate llega a raíz de la difusión de varios vídeos que afirman que, para que las sanciones por exceso de velocidad pilladas por un radar sean válidas, hacen falta dos imágenes distintas del vehículo (coche, moto, o lo que sea).
Sin embargo, Villalba rechaza esta interpretación y recuerda que la legislación vigente no exige que la notificación enviada al conductor incorpore una cantidad concreta de fotografías: "No existe ninguna obligación de que la notificación incluya dos fotos".
Lo que se exige en la normativa es que exista una prueba suficiente de la infracción, algo que puede acreditarse sin necesidad de que el ciudadano reciba varias imágenes junto a la multa.
¿De dónde viene la confusión, entonces? Pues sencillo: mezclar el expediente administrativo con el de la notificación que recibe el conductor.
"Se confunde expediente con notificación", argumenta. El especialista explica que muchos radares capturan entre tres y cinco fotografías durante el proceso de detección, pero esas imágenes forman parte del expediente interno de la administración y no tienen por qué aparecer todas en la comunicación enviada al infractor.
@educaccionvial_ Está vez es Ángel Gaitán el que vuelve a traer "el mito de las dos fotografías" en las denuncias de radar. #seguridadvial #educacionvial #bulo #leyendaurbana #normativa ♬ sonido original - educ ACCION vial
Incluso existen excepciones por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) al respecto del número de capturas. Una de los ejemplos es el cinemómetro Indra Cirano 500, que es de los más utilizados en España. Según la Directriz 2023/15 de la DGT, a este equipo se le permite validar la infracción mediante una única captura por las características de su sistema de medición.
Subraya que la administración mantiene la carga de la prueba, pero aclara que una fotografía acompañada de la correspondiente certificación técnica del radar puede bastar para demostrar la infracción. Vamos, que si en tu carta aparece una foto, no es que sea automáticamente inválida.
Y advierte de una última cosa: cuidado con los recursos basados en información viral. Porque, de recurrir, se pierde la opción a pronto-pago.
Imágenes | Captura
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