Rotundamente sí: puedes utilizar el patinete eléctrico durante el estado de alarma, igual que la moto y la bicicleta

Han pasado varias semanas desde la obligatoriedad de estar confinados en casa y todavía hay gente que se pregunta si puede utilizar medios de transporte como la moto, la bicicleta o incluso el patinete eléctrico.

Y la realidad es que en la normativa no se prohíbe en ningún caso hacer uso de estos vehículos, siempre y cuando sea para realizar alguna de las actividades reguladas por el Real Decreto 463/2020 del pasado 14 de marzo, que ya no debería ser un misterio para nadie.

Puedes utilizar el patinete eléctrico pero no te pongas en riesgo de forma innecesaria

Con la crisis sanitaria generada por el COVID-19 no tardaría en llegar la prohibición de salir a la calle, con algunas excepciones como ir a hacer la compra, acudir a la farmacia o desplazarte hasta un centro de trabajo, entre otras.

Parece más que obvio que aquellos que tengan que recorrer una distancia importante para realizar alguna de las actividades anteriores necesitarán un medio de transporte. Por tanto, el coche, la moto, la bicicleta y, por supuesto, el patinete eléctrico están entre los vehículos permitidos, al menos mientras no exista una norma que diga lo contrario.

En la moto, por ejemplo, se anunció que solo podía viajar un persona, mientras que en el coche han ido cambiando de parecer a lo largo de las últimas semanas y parece que ahora rige la norma de que puede viajar más de una persona, siempre que se haga en distintas filas de asientos.

Dicho esto, claro que puedes utilizar tu patinete eléctrico para moverte durante el estado de alarma pero ni que decir tiene que tendrás que seguir respetando unas mínimas normas cívicas y de seguridad para ti y para el resto de usuarios de la vía, como no ir por la acera u olvidarte de circular con él después de haber ingerido alcohol, que los hay que lo hacen…

Recuerda también que debes mantenerlos con las prestaciones que traen de fábrica, que es lo que hace posible que se homologuen como patinetes eléctricos. Es decir, que no superen los 250 W nominales y que el motor no propulse a estos VMP o Vehículos de Movilidad Personal por encima de los 25 km/h, básicamente lo mismo que rige para las ebikes.

Ten en cuenta que tendrás que justificar el uso de cualquier vehículo y que, por ejemplo, podrían sancionarte si no llevas contigo el justificante de la empresa o si las autoridades entienden que no está justificado el uso de un medio de transporte como estos por la cercanía del trabajo o del supermercado a tu domicilio.

Por cierto, hacer trial en el garaje comunitario de tu edificio no está permitido, por si hay alguna duda al respecto.

En Motorpasión Moto | El Fervepatín es el padre del patinete eléctrico, es español y se inventó hace más de 50 años

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