Gasolineras prepago, vuelta la burra al trigo

Hace tiempo que hablamos en estas páginas del trato injusto que recibimos por ir en moto. Una de las cosas que tenemos que soportar junto con otros usuarios de vehículos de motor en general es el famoso tema del prepago en las gasolineras. En muchas ocasiones debes servirte tú mismo la gasolina y además te pueden pedir que adelantes dinero por anticipado para asegurar que finalmente pagas. Esto pasa habitualmente sobre todo en caso de no tener clara la cantidad a repostar por el simple hecho de querer llenar el depósito.

En algunas ocasiones llegan a pedir cantidades elevadas del orden de más de 50 euros tanto en efectivo como en cargos a tarjetas. Alex Lorenzo, un lector habitual de Motorpasión Moto nos ha hecho llegar un mail en el que nos explica como incluso en una estación de servicio van cambiando los surtidores de pago a prepago cuando se acercan motos. Al pedir una explicación la respuesta que dieron era que lo hacen para evitar que los clientes marchen sin pagar. Os voy a contar mi experiencia personal y vamos a ver que dice la ley de todo esto.

Para comenzar siento decir que la información de la que se dispone es muy contradictoria. Un profesor de derecho civil del Centro de Estudios de Consumo de la Universidad de Castilla-La-Mancha responde a un supuesto que se encuentra en la web del gobierno de esa comunidad autónoma en la sección de informes de consumo. El informe data de finales de febrero del pasado año 2010 por lo que si alguien tiene una referencia legal más cercana, nos lo puede hacer saber en los comentarios tras esta entrada.

En este sentido hay dos aspectos que se dan juntos pero que debemos separar para tener claras las cosas. Uno es el hecho de servir la gasolina en sí, que nos sirvamos nosotros o que sea personal de la gasolinera quien lo haga. Otro es el pago del servicio o del bien que se adquiere. Aquí entra el pago por anticipado o el intento de asegurar al pago por parte de la estación de servicio y el hecho de exigir como prenda un documento personal, DNI o tarjeta de crédito. Es importante separar estos dos hechos desde el punto de vista legal aunque es evidente que en conjunto derivan en la situación que padecemos, sobre todo los motoristas.

Comenzando por el segundo aspecto, la Confederación de Consumidores y Usuarios CECU, reconoce que el concepto de “contrato de prenda” se recoge en el código civil para asegurar el cumplimiento de una obligación principal, en este caso el pago, pero explica, con artículos del Código Civil en la mano, que nunca un DNI puede ser objeto de contrato. El DNI, dice, es un documento expedido por el Estado para la identificación de sus nacionales por lo que la persona titular no tiene libre disposición del mismo.

En caso de que sea una tarjeta de crédito menciona la posibilidad de un uso fraudulento de este documento personal e intransferible por parte de un tercero creando una situación de riesgo que nada tiene que ver con el pago del servicio. Creo que tiene su lógica, yo no dejaría nunca esos documentos en manos de nadie, personal de estaciones de servicio incluidos. Con el debido respeto y presunción de inocencia de los empleados de gasolineras, quede claro.

En el supuesto que comento antes, voy a intentar resumirlo lo máximo posible y enlazar al archivo del que recomiendo que os detengáis a leerlo ya que no tiene desperdicio. Si no disponéis de un lector de archivos tipo PDF es importante que instaléis uno en vuestro ordenador para su lectura. El supuesto lo formula una cliente de una gasolinera que reclama porque no la sirven los empleados el combustible alegando que la estación es del tipo autoservicio. Acompaña a la denuncia dos sentencias de las Audiencias Provinciales de Guadalajara y Castellón en las que indican que la venta de combustible en una gasolinera debe ir acompañada de su suministro.

El informe concluye con que la opción de servicio asistido o no asistido de suministro de combustible depende de la compañía propietaria de la estación de servicio y ambas son válidas. Señala que en caso de ser autoservicio debe quedar bien señalizado por paneles dónde se indique claramente este aspecto así como las formas de pago y los precios. En ningún momento del informe especifica un pago en prenda o pago por adelantado. Como digo más arriba, recomiendo su lectura. Mas información al pie de este artículo.

Mi experiencia personal con todo este tema es breve pero descriptiva. Grupo de unas 20 motos en la Seu d’Urgell y gasolinera prepago sin personal. Para llenar el taque debías dar en un cajero tu datos de la tarjeta de crédito y después llenar el depósito con la cantidad elegida previamente. Nuestra sorpresa es que a la semana siguiente aparecieron cargos de 60 euros en todos los que allí repostamos. Cantidad superior a la gasolina repostada. El problema es que tardaron casi veinte días en reintegrarnos el dinero después de varias llamadas y contactos por teléfono con el propietario de la estación de servicio. Desde entonces “nunca mais”, ya me espabilo de no ir justo de gasolina.

Debo decir que en las gasolineras de mi ciudad en las que reposto no suelo tener problemas, pero no voy con el tanque vacío apurando. Si se enciende la reserva, inmediatamente pongo gasolina. Voy a la estación de servicio y siempre me encienden el surtidor para que llene el tanque. Solo en una se negaron a hacerlo y me marché a otra ya que como me queda reserva de combustible, tengo de sobra para hacer algún kilómetro más. Lo que si hago, y que me ha recordado mi compañero Fausto Beneroso, es entrar a pagar sin el casco puesto por el tema de los robos. Realmente he visto como te miran con cara de susto al entrar con casco y por respeto, te lo quitas.

Otra cosa que me llama la atención es la típica cámara de seguridad que filma en el mostrador de la gasolinera. Cuidado con ésta porque aunque el empleado se gire, la cámara puede vernos introducir el pin de la tarjeta de crédito cuando pagamos encima del mostrador, un detalle que no me gusta nada. Me gustaría saber vuestras inquietudes en lo tocante a este tema y si alguien puede arrojar algo más de luz en la parcela legal.

Fotos vía | Flickr Galerías de Vincealongi, ntx, Pizzodisevo
Mas información | Informe Centro Estudios de Consumo Castilla-La-Mancha, Información CECU sobre el DNI

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