Iba tomando café mientras conducía, invadió el carril contrario y mató a tres motoristas. La condena ha sido de 5.400 euros

Mossos 1

La Audiencia de Lleida ha condenado a una conductora a una multa de 5.400 euros tras un accidente en el que murieron tres motoristas en 2022

John Fernández

Hay sentencias que trascienden el caso concreto y terminan convirtiéndose en un debate mucho más amplio.

Es exactamente lo que está ocurriendo con una resolución judicial que ha reabierto una cuestión especialmente sensible para el colectivo motorista: dónde termina una simple distracción al volante y dónde empieza una imprudencia grave.

Una taza de café, un volantazo y tres motoristas muertos

Según El Mundo, la Audiencia de Lleida ha condenado a una conductora a una multa de 5.400 euros por el accidente ocurrido en septiembre de 2022 en la localidad leridana de Alfés, en el que fallecieron tres motoristas tras una colisión frontal. La resolución también fija indemnizaciones por valor de 326.000 euros para los familiares de las víctimas.

Sin embargo, el aspecto que más debate está generando no son las indemnizaciones: es la pena.

Porque durante el juicio la Fiscalía solicitó seis años de prisión por tres delitos de homicidio por imprudencia grave, mientras que una de las acusaciones particulares elevó la petición hasta los nueve años. Finalmente, la Audiencia ha descartado que existiera imprudencia grave y ha optado por imponer una sanción económica. Según la citada información, la multa asciende a 10 euros diarios durante 18 meses.

El accidente se produjo tras una distracción mientras tomaba café. Los hechos ocurrieron cuando la conductora circulaba por una carretera de la provincia de Lleida.

De acuerdo con el atestado de los Mossos d'Esquadra recogido por El Mundo, la mujer estaba bebiendo café mientras conducía y llevaba ocupado uno de los brazos. La investigación concluyó que esa circunstancia provocó una pérdida momentánea de atención que acabó desencadenando el accidente.

Según los agentes, el vehículo se desplazó hacia el arcén sin que la conductora se percatara. Tras rozar un bordillo realizó un volantazo brusco hacia la izquierda, perdió el control e invadió el carril contrario.

En ese preciso momento circulaba un grupo de tres motoristas, y dos de las motos fueron alcanzadas de frente. Como consecuencia del choque fallecieron tres personas: un hombre de 43 años vecino de Lleida, una mujer de 34 años también residente en la ciudad y otra motorista de 44 años procedente de Logroño.

La Audiencia considera que no hubo imprudencia grave, y la clave de toda la sentencia está precisamente en esa valoración, pues la Audiencia entiende que existió una imprudencia, pero no lo suficientemente grave como para justificar penas de prisión por homicidio imprudente agravado.

Según recoge El Mundo, los magistrados consideran que la conductora invadió el carril contrario de manera involuntaria y destacan que no circulaba bajo los efectos del alcohol o las drogas, no excedía los límites de velocidad y tampoco realizaba maniobras especialmente peligrosas antes del accidente. Así que el tribunal sostiene que no se ha acreditado una vulneración de los deberes más elementales de prudencia exigibles a un conductor.

Una interpretación que no comparten ni la Fiscalía ni las familias de los fallecidos, por lo que ambas partes ya han presentado recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Según los datos de la DGT citados por El Mundo, uno de cada tres accidentes mortales tiene su origen en una pérdida de atención al volante. La cifra supera incluso a los siniestros relacionados con el exceso de velocidad o con el consumo de alcohol y drogas.

Y cuando la víctima es un motorista, las consecuencias suelen ser mucho más graves, como es el caso de hoy. Es obvio que, a diferencia de los ocupantes de un coche, el margen de protección es prácticamente inexistente. Un simple despiste de apenas unos segundos puede convertirse en una tragedia irreversible para quien circula sobre dos ruedas.

Por eso la sentencia ha generado tanta repercusión, porque detrás de los números, las indemnizaciones y los recursos judiciales queda una pregunta que probablemente seguirá alimentando el debate durante mucho tiempo. Entonces, la pregunta: ¿cuál debe ser la responsabilidad penal cuando una distracción aparentemente cotidiana termina costando tres vidas?

Imágenes | Mossos, DGT

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