La norma ha entrado en vigor sin período de adaptación, y genera "inseguridad jurídica" para usuarios que no pueden cumplirla
La obligación ya está en vigor, pero el sistema no responde. ¿Cómo? Te preguntarás. Bueno, el nuevo Real Decreto 52/2026, que regula el registro, la identificación y el aseguramiento obligatorio de los patinetes eléctricos, entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, el pasado 30 de enero. Hace nada.
Desde entonces, miles de usuarios están obligados a registrar su vehículo para poder contratar un seguro y circular legalmente. El problema es que, en la práctica, ese registro no se puede completar porque el sistema no funciona. La paradoja es curiosa.
El registro obligatorio de patinetes ya es ley, pero el sistema no funciona
La norma establece que todos los patinetes deben inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT como paso previo a la hora de asegurarlo, que también es obligatorio. Sin certificado de inscripción no hay seguro, y sin seguro no se puede circular. Más claro, agua.
Sin embargo, el propio sistema habilitado por Tráfico está presentando fallos técnicos que bloquean el proceso, pese a permitir el pago de las tasas, fijadas en 8,67 euros. Vamos, que no se puede.
Según denuncia David Antelo Lluch, director de Escuelas de Conductores y técnico superior en movilidad segura y sostenible, la aplicación del real decreto está generando “graves disfunciones desde el primer día”. En la práctica, el trámite se inicia, se puede abonar la tasa correspondiente, pero el registro no llega a completarse. A esto se suma otro problema clave: la falta de suministro del material oficial necesario para emitir las etiquetas identificativas que deben portar los patinetes una vez inscritos.
El resultado a nivel práctico es una situación de bloqueo administrativo. Los usuarios están legalmente obligados a cumplir una norma que, a día de hoy, no pueden cumplir por causas ajenas a su voluntad. Desde los colectivos profesionales se habla directamente de "inseguridad jurídica", al no existir un periodo de adaptación administrativa que permita que los sistemas funcionen antes de exigir el cumplimiento efectivo de la obligación.
El real decreto sí contempla periodos transitorios, pero están pensados para los fabricantes y para la adaptación de vehículos no certificados, no para el propio funcionamiento del registro ni para los usuarios del patinete en la calle. La entrada en vigor fue inmediata, sin margen para ajustar plataformas, procedimientos ni logística, algo que ahora está pasando factura.
Además, el texto legal introduce cambios técnicos relevantes, como la reducción de la velocidad máxima a 14 km/h para los patinetes con un peso superior a 25 kilos, una medida que afecta directamente a modelos más grandes y estables, cada vez más comunes. Sin embargo, ni la plataforma de registro ni la placa de marcado de fábrica contemplan de forma expresa el dato del peso del vehículo (TARA), pese a ser un elemento determinante para aplicar correctamente la nueva regulación.
Mientras tanto, el escenario es paradójico porque el seguro ya es obligatorio, el registro es imprescindible para contratarlo y el sistema no permite completar el trámite. ¿Entonces?
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