Librarse de pagar una multa "por buena fe": el truco legal de un motero para ahorrarse 900 euros

Hecha la ley, hecha la trampa, reza la expresión. Pues un motorista gallego se ha aferrado a ese dicho y por su testimonio y "buena fe" (según el juez) se ha librado de pagar una multa de 900 euros. El Concello de Vigo le multó por no identificar al titular de la moto tras pillarle un radar, según informa La Voz de Galicia.

El motorista pasó con su moto por un radar puesto por la Policía Local de Vigo excediendo la velocidad entre 20 y 30 km/h. Sin embargo, cuando le llegó la carta para identificar al conductor dejó pasar el plazo, el ayuntamiento lo multó por este motivo, elevó un recurso judicial y ahora ha ganado.

"Su justificación es razonada y razonable"

El motorista fue captado por el radar de la Policía Local de Vigo yendo a 76 km/h en una zona de 50 km/h. La notificación le llegó a casa reclamando identificar al conductor. En esa carta se le daban 20 días, y en el caso de no hacerlo, se atendría a una infracción muy grave. Se podría entender que cuando no se responde se identifica al conductor con el propietario del vehículo, como lo hace directamente la Dirección General de Tráfico (DGT) o como lo hacen otros ayuntamientos como el de Madrid.

Pues el motorista no lo notificó en tiempo, por lo que el Concello optó por multarle por esa infracción grave con 900 euros de multa, y es entonces cuando se identificó. El procedimiento dice que podía recurrir al Ayuntamiento de Vigo, quien lo rechazó. Así que el siguiente paso era elevarlo al juzgado. Pues ha sido el juez de lo Contencioso número 1 de Vigo quien le ha dado la razón al motorista.

En Motorpasión Moto nos hemos puesto en contacto con el abogado Miguel Molina de Legálitas, que nos ha explicado esta pequeña trampa legal que le ha hecho al motorista ahorrarse 900 euros.

Al no identificar al conductor se generó una multa distinta, que es incumplir la obligación de identificar, cuya multa triplica la multa inicial, es decir, 900 euros. Esa multa no tiene descuento, por lo que todo el mundo alega, intentando salvar la situación. Para hacerlo existe una vía: alegando que hay buena fe, que ha sido un desliz, un descuido e identificar al conductor. "Para que veas la buena fe, te doy los datos del conductor", explica Molina.

En ese caso el ayuntamiento no aceptó esa buena fe porque no lo hizo en el momento justo. Así que fue escalado hasta el juzgado por el motorista, donde explica Molina, "tienen criterios distintos y van al fondo de la ley", quienes sí entendieron "esa buena fe". Esto quiere decir que "la ley quiere sancionar con un importe tres veces más alto a aquel que no quiere perder puntos no lo hace intencionadamente (identificar al conductor)".

Según la resolución judicial recogida por La Voz de Galicia, el juez señala que "es cierto que la justificación que ofrece para su silencio es razonada y razonable" y que "la buena fe del demandante se exterioriza cuando, una vez obtenido cabal conocimiento de la incoación de este segundo expediente por no cumplimentar el requerimiento de la identificación, no perdió la oportunidad de proceder entonces en su escrito de alegaciones a señalarse a sí mismo como conductor infractor del límite de velocidad".

El magistrado justifica la acción diciendo que la Dirección General de Tráfico (DGT) y otros ayuntamientos actúan ofreciendo al titular del vehículo la opción de abonar directamente la multa. También señala que el Concello debería haber atendido la justificación.

Así que la multa por incumplimiento quedó anulada, y ha obligado al ayuntamiento a pagar 200 euros de costas procesales. Es entonces cuando tiene sentido que el motorista llegase hasta el juzgado, porque el abogado explica que este procedimiento suele demorar hasta un año. Aunque existe la posibilidad de que el ayuntamiento ponga la multa por velocidad (pues ahora ya tiene al conductor identificado), también existe la posibilidad de que pasado ese año no lo hagan.

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